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  Pleno

Pleno 29 Junio 2007



En Benahavís a veintinueve de Junio de dos mil siete, siendo las trece horas treinta minutos, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial y bajo la presidencia del Sr. Alcalde D. Jose Antonio Mena Castilla los Sres. que componen el Pleno Corporativo D. José Ruiz Gutiérrez, Dª María José Guerrero Guerrero, D. Eleuterio Castilla Rodríguez, Dña Isabel Maria Guerrero Sánchez, D. Antonio Castaño Sanchez, D. Cristóbal Guerrero Merchán, , Dña. Victoria Eugenia Guerrero Jiménez, D. Jose Sánchez Castillo, Dña Almudena Guerrero Mena y D. Luis Feito Miragaya, asistidos del Secretario D. Juan Carlos Calvo Rojas. Abierta la sesión por la Presidencia y una vez comprobado por el Secretario la existencia de quorum necesario para que pueda iniciarse, se procede a conocer los siguientes asuntos incluidos en el orden del día.

1.-APROBACION ACTA SESION ANTERIOR.- Dentro de este punto solicita la palabra el Sr. Concejal D. Cristóbal Guerrero Merchán, para aclarar en relación con el acto de juramento o promesa del cargo, que los concejales pertenecientes a su grupo municipal D. Luis Feito Miragaya y Dña. Almudena Guerrero Mena juraron su cargo y no prometieron como por error se recoge en el acta.
Hecha esta salvedad y recogida la oportuna corrección los Sres. concejales acuerdan por unanimidad la aprobación del acta de la sesión anterior.

2.-TOMA DE POSESION DEL CONCEJAL ELECTO D. JOSE SÁNCHEZ CASTILLO.- Por el Sr. Secretario se informa a los reunidos que toda vez que en la Sesión Constitutiva no pudo tomar posesión de su cargo el Concejal Electo D. José Sánchez Castillo, es necesario proceder ahora a efectuar ésta toma de posesión, a cuyos efectos informa que obra en su poder la correspondiente credencial expedida por la Junta Electoral de Zona, así como el que se ha presentado la declaración de bienes e intereses referida en el artículo 75 de la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local.
Hechas estas aclaraciones por el Concejal Electo se procede, siguiendo la formula legalmente establecida, a prometer el cargo, una vez lo cual el Sr. Alcalde le da posesión del mismo.

3.-FIJACION DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES.-Por el Sr. Secretario se da lectura a la propuesta formulada por el Sr. Alcalde referente a la periodicidad de las sesiones que hayan de celebrar los órganos colegiados, señalando al respecto que la propuesta es la misma que la que se aprobó durante el mandato de la anterior corporación y que literalmente dice:
“Se propone celebrar sesión ordinaria cada tres meses y extraordinaria siempre que sea necesario o se solicite por algún Concejal en la forma y con los requisitos legalmente establecidos, procurando siempre que haya asuntos que así lo exijan que los Plenos Extraordinarios se celebren al menos una vez al mes”.
“La Junta de Gobierno Local celebrará sus sesiones ordinarias con periodicidad semanal, sin establecer día concreto predeterminado, dado que ello vendrá condicionado con la compatibilidad de los Concejales con sus actividades laborales”.
Una vez que por el Secretario se da lectura a la propuesta del Sr. Alcalde solicita la palabra el Concejal del Grupo Municipal Socialista para manifestar que en su opinión los plenos deberían celebrarse al menos mensualmente y que además en la anterior propuesta se especifica que los ordinarios se celebrarían el último día hábil de cada mes, cosa que ahora no se hace.
El Sr. Alcalde le aclara que el día de celebración de los ordinarios permanece igual y que efectivamente se intentará tener un pleno al mes.
Hecha esta aclaración y sometida a votación la propuesta del Sr. Alcalde sobre la periodicidad de las sesiones de los órganos colegiados, la misma es aprobada por unanimidad.

4.-CREACION DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y ATRIBUCION DE COMPETENCIAS EN SU CASO.- Por el Sr. Secretario se informa a los reunidos que toda vez que esta Junta de Gobierno Local, anteriormente Comisión de Gobierno, ya estaba creada en anteriores Corporaciones, no es necesario acordar ahora expresamente su creación ni siquiera revalidar el anterior acuerdo, ya que los actos y acuerdos administrativos son válidos y eficaces mientras no se acuerde de forma expresa su anulación o revocación y en consecuencia su validez y eficacia no estará limitada por el tiempo o periodo de mandato de la Corporación.
Hecha ésta aclaración continua informando el Sr. Secretario que por el Sr. Alcalde se ha dictado la correspondiente Resolución en la que se designan los Concejales integrantes de ésta Junta de Gobierno Local y las competencias que en la misma delega, que son todas aquella que expresamente permite delegar el artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, siendo el contenido íntegro de la resolución el que a continuación se trascribe:
Resolución número 51/2007.-NOMBRAMIENTO MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL.-
Habiendo sido acordada la creación de la Junta de Gobierno Local por el Pleno Corporativo en su sesión extraordinaria celebrada con fecha 25 de Junio de 1.995, y toda vez que de conformidad con el art. 23 de la Ley de Bases de Régimen Local corresponde a esta Alcaldía nombrar los miembros que la integran en número no superior a tres de acuerdo con el art. 52 del mencionado R.O.F., por el presente VENGO A RESOLVER:
PRIMERO:Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes señores Concejales:
D. Jose Ruiz Gutierrez
Dña. Maria Jose Guerrero Guerrero
D. Eleuterio Castilla Rodriguez
SEGUNDO:
Delegar en ella las siguientes atribuciones:
- El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, y disponer gastos dentro de los límites de su competencia.
- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobada por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.
- Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las Ordenanzas Municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.
- Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto, ni en cualquier caso los 6.000.000€; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.
- La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.
- La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto, ni los 3.000.000€, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:
a)La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto.
b)La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el Presupuesto.
- El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local.
-Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde D. Jose Antonio Mena Castilla en Benahavís a veinte de Junio de dos mil siete.-

Una vez dada cuenta de la Resolución en la que se nombran los miembros de la Junta de Gobierno Local y las competencias que el Sr. Alcalde delega en ella, por éste se informa a los reunidos de su intención de delegar igualmente en esta Junta de Gobierno Local, todas las competencias que de acuerdo con el contenido del artículo 22 de la Ley de Bases de Régimen Local y artículo 51 del ROF, tal y como ha sido informado por la Secretaría Municipal, pueden ser delegadas por el Pleno, siendo éstas las que a continuación se relacionan:

Competencias delegables por el Pleno:

- El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
- La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.
- La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de cada ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier caso, los 1.000.000.000 de pesetas, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea superior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a la cuantía señalada anteriormente.
- La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aun no estén previstos en los Presupuestos.
- La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a 500.000.000 de pesetas, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos:
Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados de valor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto.
Cuando estando previstas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicados para las adquisiciones de bienes.
Las demás que expresamente le confieran las leyes.

A la vista de la propuesta del Sr. Alcalde solicita la palabra el Sr.. Concejal del Grupo Municipal del PSOE D. Cristóbal Guerrero Merchán para manifestar que su grupo va a votar en contra de la propuesta presentada ya que considera que al delegarse la practica totalidad de competencias municipales en la Junta de Gobierno Local no hay posibilidad de fiscalizar la actividad del equipo de gobierno, máxime teniendo en cuenta además que los Plenos ordinarios como se ha acordado en el punto anterior, van a celebrarse cada tres meses.
Finalizada la intervención de éste Concejal, el Sr. Alcalde somete a votación la propuesta de delegar por el Pleno todas las competencias que de conformidad con la legislación vigente son delegables en la Junta de Gobierno Local y que son las que anteriormente han sido relacionadas de forma expresa, siendo la propuesta aprobada por seis votos a favor y cinco en contra.

5.-CREACION Y COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS PERMANENTES.- Por el Sr. Alcalde se informa a los reunidos respecto a este punto relativo a las Comisiones Informativas que de acuerdo con lo informado por la Secretaria Municipal en la que se pone de manifiesto que la única comisión informativa preceptiva y cuya existencia es obligatoria, es la Comisión Especial de Cuentas, ha pensado oportuno crear únicamente ésta, como ya ocurriera en el anterior mandato de esta Corporación, a cuyos efectos y al objeto de mantener la representatividad proporcional de la propia Corporación propone que la misma se integre, junto a él que en su condición de Alcalde le corresponde la presidencia de estas Comisiones, por tres Concejales del P.P. y dos del P.S.O.E.
En relación con este punto y concretamente en cuanto a la composición de esta Comisión, el Concejal del PSOE D. Cristóbal Guerrero toma la palabra para manifestar que en su opinión, dado que la única Comisión que va a existir es la Comisión Especial de Cuentas y que la misma se reúnen como mucho tres veces al año, no entiende por que no se mantiene el criterio seguido en la anterior corporación y que formen parte de la misma todos los Concejales, ya que considera necesario que en asuntos tan importantes como puede ser la aprobación del presupuesto municipal, todos ellos estén suficientemente informados.
El Sr. Alcalde a la vista de la propuesta formulada por el Sr. Guerrero Merchán y no teniendo nada que objetar a la misma propone la existencia de la Comisión Especial de Cuentas como única Comisión informativa y que la misma este integrada por la totalidad de Concejales de la Corporación, .propuesta ésta que es aprobada por unanimidad de todos los presentes.

6.-NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES EN ORGANOS COLEGIADOS.-Por el Sr. Alcalde se informa que ante la necesidad de designar a los Concejales que han de formar parte en los distintos órganos en los que ha de estar representado este Ayuntamiento, propone designar respectivamente a los siguientes Concejales para cada uno de los órganos colegiados que a continuación se relacionan.:
Mancomunidad de Municipios. de la Costa del Sol Occidental.
Vocal Concejal Titular Isabel Mª Guerrero Sánchez.
Vocal Concejal Suplente D. Eleuterio Castilla Rodríguez.
Patronato Turismo. Dª María José Guerrero Guerrero
Consejo Escolar Mª José Guerrero Guerrero
Consejo de Centro de Adultos D. Antonio Castaño Sánchez.
Consorcio de Extinción de Incendios D. José Ruiz Gutiérrez.
Vocales Escuela Hispano Árabe
D. José Ruiz Gutiérrez.
Dª María José Guerrero Guerrero.
Dª Isabel Mª Guerrero Sánchez.
D. Antonio Castaño Sánchez.
D. Eleuterio Castilla Rodríguez.
Una vez debidamente enterados de la propuesta del Sr. Alcalde, solicita la palabra el Sr. Concejal D. Cristóbal Guerrero Merchán para manifestar su disconformidad con la misma, ya que no se da participación alguna a los Concejales de su grupo, cuestión ésta más inexplicable aún en el caso de la Escuela Hispano Árabe de Dieta Mediterránea que además de tener su sede en nuestro municipio contamos en ella con cinco vocales más el Presidente, por lo que lo lógico es que al menos un vocal sea de su grupo. Por todo ello señala éste Concejal, su grupo se va a abstener en las designaciones efectuadas en la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, en el Patronato de Turismo, en el Consejo Escolar, en el Consejo de Centro de Adultos y en el Consorcio de Extinción de Incendios y va a votar en contra de las designaciones de los vocales de la Escuela Hispano Árabe
Finalizada la intervención de este Concejal el Sr. Alcalde somete a votación su propuesta, siendo aprobada por seis votos a favor y cinco abstenciones la designación en los siguientes órganos
Mancomunidad de Municipios. de la Costa del Sol Occidental.
Vocal Concejal Titular Isabel Mª Guerrero Sánchez.
Vocal Concejal Suplente D. Eleuterio Castilla Rodríguez.
Patronato Turismo. Dª María José Guerrero Guerrero
Consejo Escolar Mª José Guerrero Guerrero
Consejo de Centro de Adultos D. Antonio Castaño Sánchez
Consorcio de Extinción de Incendios D. José Ruiz Gutiérrez
Igualmente resulta aprobada por seis votos a favor y cinco en contra la designación de los siguientes cinco concejales en la Escuela Hispano Árabe de Dieta Mediterránea
D. José Ruiz Gutiérrez.
Dª María José Guerrero Guerrero.
Dª Isabel Mª Guerrero Sánchez.
D. Antonio Castaño Sánchez.
D. Eleuterio Castilla Rodríguez.

7.-DAR CUENTA RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA SOBRE NOMBRAMIENTOS DE TENIENTES DE ALCALDE, MIEMBROS DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y DELEGACIONES CONFERIDAS.-
Por el Sr. Secretario se da lectura a las Resoluciones núm 50 y 52 en la que respectivamente se nombran Tenientes de Alcalde y se confieren Delegaciones entre los diferentes miembros del Equipo de Gobierno, siendo el contenido literal de las mismas el que a continuación se trascribe.

Resolución número 50/2007- NOMBRAMIENTO TENIENTES DE ALCALDE.- En cumplimiento de lo previsto en el art. 20 de la Ley 7/85 y artículos concordantes y complementarios del R.O.F. conforme a los cuales corresponde a esta Alcaldía proponer el nombramiento de los Tenientes de Alcaldes, por la presente HE RESUELTO:
Nombrar Tenientes de Alcalde para la sustitución del Sr. Alcalde en los casos de vacante, ausencia o enfermedad a los siguientes Concejales:
1er. Teniente de Alcalde. D. Jose Ruiz Gutierrez
2º Teniente de Alcalde, Dña. Maria Jose Guerrero Guerrero
3er.Teniente de Alcalde D. Eleuterio Castilla Rodriguez
Lo manda y firma el Sr. Alcalde D. Jose Antonio Mena Castilla en Benahavís a veinte de Junio de dos mil siete.-
Resolución número 52/2007-DELEGACIONES CONFERIDAS - Teniendo atribuida esta Alcaldía por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones y competencias conforme al art 21.3 de la Ley de Bases de Régimen Local y art. 43 del R.O.F. existiendo razones de oportunidad y conveniencia en aras de una agilización y mejora del servicio que aconsejan efectuar delegaciones en materias determinadas, por el presente HE RESUELTO:

PRIMERO: Efectuar las siguientes delegaciones

DÑA. ISABEL MARIA GUERRERO SÁNCHEZ
Delegación de Fiestas y Juventud
Delegación Parques y Jardines
Urbanizaciones y Extranjeros

DOÑA MARIA JOSE GUERRERO GUERRERO
Delegación de Educación, Cultura y Asociaciones
Delegación de Turismo, promoción y Desarrollo
Delegación de Asuntos Sociales

DON JOSE RUIZ GUTIERREZ
Delegación de Medio Ambiente
Delegación de Obras e Infraestructuras
Delegación de Parque Movil y Maquinaria

DON ANTONIO CASTAÑO SÁNCHEZ
Delegación de Sanidad
Delegación de Servicios
Delegación de Deportes

DON ELEUTERIO CASTILLA RODRÍGUEZ
Delegación de Seguridad Vial
Delegación de Compras y Suministros
Delegación de Comercio y Vía Pública









Así mismo esta Alcaldía-Presidencia se reserva el ejercicio de todas aquellas competencias directamente relacionadas con las siguientes áreas:
SEGURIDAD CIUDADANA
HACIENDA Y PERSONAL
URBANISMO

SEGUNDO: La Delegación comprende las facultades de dirección y gestión de las materias relacionadas con el área o servicio que se delegue, reservándose la Alcaldía-Presidencia la facultad de dictar resoluciones y resolver los recursos que puedan interponerse contra los actos de resolución.

TERCERO.- La Delegación conferida surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha del presente decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el B.O.P.

CUARTO.- El Concejal Delegado queda obligado a informar a esta Alcaldía, a posteriori de las gestiones y actuaciones efectuadas y previamente, de las decisiones de trascendencia en los términos previstos en el art. 115 del R.O.F.

En lo no previsto en esta resolución regirán la L.B.R.L. y el R.O.F. en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en estas normas.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde D. Jose Antonio Mena Castilla en Benahavís a veinte de Junio de dos mil siete.-
Una vez que se ha dado lectura al contenido de ambas resoluciones e informados de su contenido, los Srs Concejales se dan por enterados de las mismas.

8.-DETERMINACION ASIGNACIONES POR ASISTENCIA A ORGANOS COLEGIADO Y DELEGACIONES CONFERIDAS.- Nuevamente toma la palabra el Sr. Alcalde para informar a los reunidos que es su intención seguir manteniendo las asignaciones hasta ahora fijadas por asistencia a las sesiones que celebren los diferentes órganos colegiados, así como las destinadas a retribuir las diferentes delegaciones que cada concejal ostenta, si bien ahora se ha acordado establecer para la Concejala Dª Isabel María Guerrero Sánchez una retribución específica al desempeñar su cargo con dedicación exclusiva.
Continua informando a este respecto el Sr. Alcalde que las retribuciones cuya aprobación ahora propone son prácticamente iguales que las que rigieron durante el mandato de la anterior Corporación, si bien se han incrementado en pequeña cuantía para adecuarlas a la perdida de poder adquisitivo.
Por último señala que para el presente ejercicio y toda vez que ya están reguladas en las bases de ejecución del presupuesto del presente ejercicio que se encuentra aprobado, las asignaciones para los grupos políticos permanecen igual que las fijadas para el pasado ejercicio.
Hecha todas estas aclaraciones el Sr. Alcalde da cuenta de su propuesta de asignaciones y retribuciones que quedan establecidas de la forma que a continuación se expresa:
Asistencia a sesiones de Plenos y Comisiones Informativas 350 €
Asistencia a sesiones de la Junta de Gobierno Local 300 €
Por cada Delegación ostentada o Ejercicio de cada Área 300 €
Gastos de Representación de Alcaldía 800 €

Asignación a los Grupos Políticos 1.202,03 €/año más 601,02 € por cada uno de los miembros.
La Concejala Dña. Isabel Maria Guerrero Sánchez gozará de una retribución por dedicación exclusiva de 2.485 € brutos mensuales, mas 2 pagas extras de la misma cuantía, comenzando estas retribuciones a partir del día 1 de Agosto del presente año.
Una vez informados de la propuesta presentada, el Sr. Alcalde la somete a votación siendo la misma aprobada por seis votos a favor y cinco en contra.

Y no habiendo mas asuntos que tratar el Sr. Alcalde da por finalizada la Sesión siendo las diez horas quince minutos, ordenando se extienda a continuación el presente acta de todo lo cual como Secretario certifico.

Vº Bº
EL ALCALDE,



AGRUPACION LOCAL PSOE BENAHAVIS
29/06/2007

Otra forma de ser Otra forma de Gobernar
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