Actualidad PSOE

Ejecutiva Local
Constituida la nueva Ejecutiva Local PSOE de Benahavís
CLICK PARA VER



Programa Electoral

Ver Programa
View Programme


Sede PSOE

Inauguración Nueva Sede

Articulos PSOE Benahavís
 EL PSOE SOLUCIONA EL PROBLEMA DE LA GUARDERÍA DE BENAHAVÍS
GMS
 EL PSOE CONVOCA UN PLENO PARA QUE NO SE REDUZCA EL SALARIO DE LOS EMPLEADOS LABORALES DEL AYUNTAMIENTO
GMS
 EL PSOE CONVOCA UN PLENO EXTRAORDINARIO PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE LA GUARDERIA MUNICIPAL
GMS
 
El plural

Todos con Benahavís

Paulino Plata, Antonio Banderas, con el PSOE de Benahavís.

Encuesta
¿QUE TE PARECEN LOS CAMBIOS EN EL GOBIERNO CENTRAL Y AUTONOMICO?
POSITIVOS
NEGATIVOS
NO ME INTERESAN
Votar

Zapatero Visita Málaga

Click para ver Imágenes



Recomendamos
 PSOE

 Andalucía se crece

 Zapatero Presidente

 PSOE de Álora


  Pleno

Pleno 16 Junio 2007


ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO

En la localidad de Benahavís siendo las doce horas del día 16 de Junio de 2007, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 195 y 196 de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de Junio, del Régimen Electoral General y el artículo 37 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre y al efecto de proceder a celebrar la constitución del nuevo Ayuntamiento de Benahavís, a la vista de los resultados de las Elecciones Municipales celebradas el día 27 de mayo de 2007, para la renovación de la totalidad de los miembros de las Corporaciones Locales, se reunen los Sres. Concejales Electos que a continuación se relacionan, D. Jose Antonio Mena Castilla, D. Jose Ruiz Gutierrez, Dña. Maria Jose Guerrero Guerrero, Dña. Isabel Maria Guerrero Sánchez, D. Antonio Castaño Sánchez, D. Eleuterio Castilla Rodríguez, D. Cristobal Guerrero Merchan, Dña Victoria Eugenia Guerrero Jiménez, Dña Almudena Guerrero Mena, D. Luis Feito Maragaya, asistidos por el Secretario que da fe del acto, y por la Interventora.
No concurre el Concejal Electo D. Jose Sánchez Castillo, toda vez que por motivos laborales se ha tenido que ausentar de la localidad, por lo que el Secretario informa que deberá tomar posesión en la próxima sesión que este Pleno Corporativo haya de celebrar.
Seguidamente por el Secretario de la Corporación, una vez declarada abierta la Sesión, da lectura al artículo 195 de Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y atendiendo a lo dispuesto en ellos se procede a constituir la Mesa de Edad.
Para ello, el Secretario llama a cada Concejal electo, a los efectos de acreditar su personalidad.
La Mesa de Edad queda integrada por D. Eleuterio Castilla Rodríguez, Concejal electo de mayor edad, que la preside, y por D. Almudena Guerrero Mena , Concejal electo de menor edad.

COMPROBACIONES PREVIAS A LA CONSTITUCIÓN DEL AYUNTAMIENTO
Constituida la Mesa de Edad y habiéndose tomado las medidas precisas según dispone el artículo 36.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se da cuenta de que tanto la Secretaría como la Intervención han puesto a disposición de los Sres. Concejales Electos la documentación referente a los justificantes de las existencias en metálico y valores propios de la Corporación depositados en la Caja Municipal y Entidades Bancarias, e igualmente la documentación relativa al inventario de Bienes de la Corporación.
Seguidamente el Secretario de la Mesa, procede a dar lectura de todas las credenciales, que le han sido entregadas acreditativas de la personalidad de los Concejales electos, procediendo a la comprobación de las mismas, y acreditando cada Concejal electo su personalidad.
A continuación, se comprueba que todos los Concejales electos han formulado las declaraciones referidas en el artículo 75.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, invitando el Presidente de la Mesa de Edad a los Concejales electos a que expongan si les afecta alguna causa de incompatibilidad sobrevenida con posterioridad a su declaración, sin que por parte de ellos haya manifestación alguna.
Habida cuenta de que se cumple la exigencia del artículo 195.4 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y 37.4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y que concurren a esta Sesión la mayoría absoluta de Concejales Electos, se procede al cumplimiento del requisito legal previsto en el artículo 108.8 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General de prestar juramento o promesa.
ACTO DE JURAMENTO O PROMESA
Tras la lectura por el Secretario del Ayuntamiento del artículo 108.8 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, referido a la toma de posesión de los Concejales Electos, se procede a nombrar a todos los Sres. Concejales electos, a efectos de prestación del juramento o promesa.
El juramento o promesa se realiza utilizando la fórmula prevista en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas: «Juro (o prometo) por mi conciencia y honor, cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Concejal del Excmo. Ayuntamiento de Benahavís, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado».
A continuación el Secretario de la Corporación procede a nombrar a cada uno de los Concejales electos, leyendo la fórmula personalmente a cada uno de ellos, manifestándose de la siguiente manera:

— D. José Antonio Mena Castilla, Partido Popular, jura.
— D. José Ruiz Gutierrez, Partido Popular, jura
— Dña Maria Jose Guerrero Guerrero Partido Popular, jura.
— Dña. Isabel Maria Guerrero Mena, Partido Popular, jura .
— D. Antonio Castaño Sánchez, Partido Popular, jura.
— D. Eleuterio Castilla Rodríguez, Partido Popular, jura.
— D. Cristobal Guerrero Merchan, P.S.O.E. promete.
— Dña. Victoria Eugenia Guerrero Jiménez, P.S.O.E. promete
— Dña Almudena Guerrero Mena, P.S.O.E.,promete
— D. Luis Feito Miragaya, P.S.O.E.,promete

Habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 195 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, a las 12,30 horas, el Presidente de la mesa declara constituido el Ayuntamiento, procediéndose a continuación a la elección del Alcalde

ELECCIÓN DEL ALCALDE
El Secretario del Ayuntamiento procede a la lectura del artículo 196 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General y a la elección del Alcalde-Presidente de la Corporación.
a) Proclamación de candidatos a la Alcaldía
Tras ello el Presidente de la mesa de edad, pregunta a los Concejales que encabezan las listas, si mantienen su candidatura a Alcalde o la retiran, manifestándose tanto D. José Antonio Mena Castilla como D. Cristóbal Guerrero Merchán cabezas de lista respectivamente del Partito Popular y del Partido Socialista Obrero Español, u intención de presentar su candidatura a la Alcaldía, por lo se procede a proclamarlos candidatos a la Alcaldía del Ayuntamiento.
b) Elección del sistema de votación
Tras la proclamación de candidatos, el Secretario informa sobre la necesidad, de conformidad con el artículo 101 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de elegir el sistema de votación para la elección del Alcalde, acordando unánimemente todos los reunidos que se lleve a través de votación ordinaria.
Una vez acordado el sistema de votación ordinaria, se procede a efectuar ésta, siendo el resultado de ésta, de seis votos a favor del candidato del partido popular D. José Antonio Mena Castilla y cuatro a favor del candidato del Partido Socialista D. Cristóbal Guerrero Merchán.
En consecuencia y a la vista del resultado de la votación, al ser el número de Concejales de once y la mayoría absoluta de seis, el Presidente de la mesa de edad procede a proclamar Alcalde-Presidente de la Corporación a D. José Antonio Mena Castilla cabeza de lista del Partido Popular.
TOMA DE POSESIÓN
A continuación, de conformidad con el artículo 18 del TRRL y artículo 40.2 del ROF, el Secretario procede a dar lectura a la fórmula de acatamiento a la Constitución, según el siguiente literal: «Juro o prometo por mi conciencia y honor, cumplir fielmente las obligaciones del cargo de Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Benahavís, con lealtad al Rey, y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado».
Realizado el juramento, el Sr. Presidente de la Mesa, le hace entrega de los atributos de su cargo pasando D. José Antonio Mena Castilla a ocupar la presidencia de la Sala y disolviéndose la Mesa de Edad.
A continuación el nuevo Alcalde-Presidente electo, toma la palabra para agradecer en primer lugar a todo el pueblo de Benahavís por la confianza depositada en la Corporación recién constituida, felicitando a continuación a todos los compañeros integrantes de la misma.
El Sr. Alcalde quiere manifestar desde este primer momento que su intención es gobernar a través del consenso y dialogo permanente entre todas las fuerzas representadas en la Corporación Municipal e intentará alcanzar el mayor grado de acuerdo posible en todos aquellos acuerdos y asuntos que así lo permitan.
Igualmente quiere dejar constancia expresa de su plena disposición para atender a todas aquellas personas, colectivos y grupo de la oposición cuantas veces sea necesario, por lo que manifiesta que las puertas de la Alcaldía se encontrarán permanente abiertas para todo el que quiera acudir a ella.
Por último quiere dejar constancia expresa de su intención y firme propósito de realizar una gestión clara y honesta y que se va a poner especialmente de manifiesto en la utilización de los recursos económicos del Ayuntamiento.
A continuación el Sr. Alcalde cede el turno de palabra a cualquier de los presente que quiera intervenir, haciendo uso de ella el Cabeza de Lista del Partido Socialista D. Cristóbal Guerrero Merchán, para agradecer el ofrecimiento de colaboración, consenso y dialogo hecho a su grupo, aceptando su invitación y manifestado igualmente su colaboración si así fuese necesaria tanto a nivel de grupo municipal como a nivel de Diputación de cuyo equipo de Gobierno forma parte.

Finalizada la intervención de éste Concejal y no deseando ningún otro hacer uso de la palabra concedida, el Sr. Alcalde-Presidente levanta la Sesión siendo las trece horas quince minutos , de lo cual como Secretario doy fe.

Vº Bº
EL ALCALDE



AGRUPACION LOCAL PSOE BENAHAVIS
16/06/2007

Otra forma de ser Otra forma de Gobernar
 Ideas para un pueblo mejor. Agrupación Socialista Benahavís.


Copyright © PSOE de Benahavís 2004. e-mail